La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha publicado
una nota aclaratoria que puede haber pillado por sorpresa a
más de uno. El documento no refleja nada nuevo, pero
recuerda un detalle que quizá no era muy conocido entre el
público: los drones no pueden volar a su antojo en España.
Hay unas normas, y son bastante restrictivas.
AESA, agencia dependiente del Ministerio de Fomento, ha
confirmado a Gizmodo en Españolque el documento es solo
una respuesta a las numerosas solicitudes de información
sobre qué actividades con drones son legales y cuáles no en
España. La creciente popularidad de estos pequeños vehículos
voladores es otra razón para recordar que no se va a prohibir
el uso comercial de drones sino que, de hecho, ya estaba
prohibido. Estos son los puntos importantes de la normativa.
¿Qué es un dron?
La pregunta parece de perogrullo, pero es importante a nivel
legal. La Agencia considera que solo es un dron cuando tiene
fines comerciales o profesionales. En otras palabras, que si nos
compramos un Parrot AR Drone o un DJI Phantom para filmar
nuestro pueblo, desde el punto de vista legal no es un dron
(aunque para nosotros sí lo sea).
Sin embargo, si vendemos esa grabación a, por ejemplo, una
oficina de turismo, o la colgamos en nuestro blog con
publicidad sí que lo es, porque lo estamos usando con fines
comerciales. En este sentido, un helicóptero de radiocontrol
utilizado para hacer tomas aéreas también es un dron.
Utilizar drones con fines profesionales
Pongamos que, legalmente, vamos a volar un aparato con
fines profesionales, o sea, un dron. La normativa es clara. Está
prohibido. La nota de la AESA dice, expresamente:
No está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de
aeronaves pilotadas por control remoto con fines
comerciales o profesionales. para realizar actividades
consideradas trabajos aéreos, como la fotogrametría,
agricultura inteligente (detectar en una finca aquellas
plantas específicas que necesitarían de una
intervención, como riego, fumigación, para optimizar el
cultivo), reportajes gráficos de todo tipo, inspección de
líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de
fronteras, detección de incendios forestales,
reconocimiento de los lugares afectados por catástrofes
naturales para dirigir las ayudas adecuadamente, etc.
Una paradoja legal
El problema actual es que los drones son tan nuevos que están
en una especie de limbo legal. Actualmente, se las considera
aeronaves, por lo que están sujetos a la normativa general
redactada en los artículos 150 y 151 de la Ley 48/1960 sobre
Navegación Aérea.
En teoría, para poder volar drones con fines comerciales, la ley
obliga a pedir permiso a AESA, pero se da la circunstancia de
que AESA no puede emitir este permiso porque no hay una
normativa específica que ofrezca una base legal. La Agencia
está redactando esta normativa junto al Ministerio de
Industria. Hasta que no llegue, no pueden autorizar nada.
Para complicar el embrollo, hay comunidades autónomas que
tienen sus propios reglamentos sobre drones. AESA
recomienda a las personas que vayan a volar estos
dispositivos que se pongan en contacto con su ayuntamiento
para consultar si hay alguna norma local al respecto.
Utilizar drones con fines lúdicos
Llegamos al punto que la interesa a la mayoría. Si
simplemente vamos a pilotar un dron para divertirnos,
legalmente no es un dron, sino un vehículo de radiocontrol, y
está bajo la jurisdicción de la Real Federación Aeronáutica de
España y cada comunidad autónoma.
En este caso también hay restricciones. El aparato no puede
volar a altitudes superiores a los 100 metros de altura, ni
sobre núcleos urbanos o lugares habitados. De hacerlo, podría
enfrentarse a sanciones si alguien lo denuncia. Accidentes
como el ocurrido recientemente en Australia, en el que un dron
hirió a una mujer, podrían traducirse en un problema legal
muy serio para el piloto del dispositivo si ocurrieran en
España. El vuelo en interiores, al no formar parte del espacio
aéreo, no está regulado.
El uso de drones con fines lúdicos y deportivos también será
regulado en la nueva legislación específica. Os mantendremos
al tanto de cómo cambian las cosas cuando se publique.
[vía AESAy El Confidencial]
FUENTE: http://es.gizmodo.com/esta-prohibido-volar-drones-en-espana-esta-es-la-norm-1561374223
Mas sobre preguntas frecuentes de este tema pulsad el
siguiente enlace, pagian ogicial de seguridad del estado
español.